ABOLENDAE STATVAE




[Grafito de la tumba romana de Via Paisiello, en la uia Salaria de Roma, fin del siglo IV d. C.]

Tras la muerte, el pasado mes de mayo, en Mineápolis, de Georg Floyd, se ha desatado por todo el mundo, de modo especial en América pero también en Europa e, incluso, con cierto debate político, en España, toda una incomprensible, pero muy interesante en estos tiempos de revisionismos histórico, actitud iconoclasta que, de hecho, ha convertido, prácticamente, en trending topic el término vandalización. Todo ello en medio de la situación creada por la pandemia del Covid-19

Así, en estas últimas semanas se han derribado o vandalizado, como ahora se dice, estatuas de Winston Churchill en Londres, de Junipero Serra en Los Ángeles y en otras ciudades, de Edward Colston, en Bristol, de Cristóbal Colón en Minnesota y aun de Miguel de Cervantes en San Francisco (ver otros casos, y galería de imágenesaquí) o, muy a propósito del paralelo que se ofrece en este post, de Constantino en York. Quienes ya pasamos de los cuarenta, recordamos movimientos semejantes, quizás de un simbolismo aun mayor y, además, acometidos sin apenas distancia histórica entre los personajes damnificados y el momento de la vandalización de sus imágenes, como los que se desataron a finales de los años 80 y en los primeros años 90 del pasado siglo en la entonces languideciente Rusia soviética -en la que también se "vandalizaron" imágenes de, entre otros, Lenin, por ejemplo en Kiev- o, una década más tarde, en Irak o en Libia donde también las estatuas de Sadam Hussein o de Gadafi acabaron derribadas. Se trata de episodios que podemos reconstruir con unas imágenes que forman ya parte de la memoria de quienes vivimos esos acontecimientos y que recuerdan mucho, por ejemplo, a la llamada "revuelta de las estatuas" del 387 d. C., especialmente intensa en Antioquía o a otros episodios iconoclastas contra las imágenes imperiales o, ya con la extensión del cristianismo, contra la de los ídolos paganos, como la que encabeza nuestro post, un auténtico unicum paleocristiano -aunque no faltan representaciones de este motivo en el arte cristiano medieval- extraordinariamente sugerente y poco conocido y cuyo conocimiento debo al investigador Jerónimo Sánchez

En esta fiebre iconoclasta, en estos días se ha viralizado la noticia de la vandalización, en Zottegem, en Bélgica, en la región de Flandes, de una estatua de Julio César que ha sido dañada por un grafiti en su pedestal en el que se acusa de "krapuul", "ladrón" al célebre imperator romano, acontecimiento que ha motivado en estos días una sabrosa reflexión de Emilio del Río, en la sección "Verba volant" que este mediático y tuitero filólogo clásico conduce semanalmente en Radio Nacional. Ni los personajes de la Antigüedad Clásica que tanto aportaron al desarrollo de muchos territorios de la vieja Europa, tampoco César -que incluso ponderó notablemente las cualidades de los Belgas señalándolos como los más genuinos y más bravos de entre los Galos dado su proverbial aislamiento (De Bello Gallico, 1, 1, 3) y que fue conquistador de la Galia y, en ella, de la llamada Galia Bélgica- han podido sustraerse a esta singular, vandálica, pero profunda, praxis de raíces, además, extraordinariamente romanas, de ahí que atendamos a ella en este post ya veraniego de Oppida Imperii Romani.

En la era de la imagen digital, sorprende que las estatuas sigan teniendo tanto poder simbólico y que se recurra a ellas para dañar, en cierta medida, a los personajes que representan. En época romana, de hecho, las estatuas disfrutaban de esa profunda carga simbólica y estaban sobradamente protegidas por la legislación, especialmente si se trataba de imagines imperiales que se consideraban receptáculo del numen, del "espíritu" imperial. Si alguien atentaba contra ellas incurría en un delito de maiestate de notable gravedad política como se ha encargado de recopilar, con abundante bibliografía y aparato crítico, Ángel Ventura, de la Universidad de Córdoba, en un capítulo que escribió para el volumen Oppida labentia (Uncastillo, 2017), segundo de la "Serie de Monografías Los Bañales" (ver también Gai Inst. 4, 18, 3). Esa protección que hacía de las estatuas públicas algo totalmente inviolable, sin embargo, se violaba por decreto senatorial cuando el Senado de Roma decidía proscribir la imagen pública de cualquier gobernante -normalmente emperadores pero también senadores e, incluso, gobernadores provinciales- como consecuencia de la consideración de aquél como negativo. A ese procedimiento, atestiguado en su resultado material -fundamentalmente por el martilleado de los nombres de los individuos por él afectados en las inscripciones de los pedestales que sostenían sus estatuas, aunque no sólo en ellas, también en miliarios y en cualquier otro tipo de documento de carácter público- se le ha denominado habitualmente, en la investigación epigráfica, damnatio memoriae, prácticamente un neologismo -aunque está atestiguado en la expresión memoria eius damnetur de Cod. Iust. 9, 8, 6, 2- que podríamos traducir por "condena del recuerdo" o "condena al olvido" ("negación de la memoria", según el trabajo de S. Quesada-García, Aldaba, 16, 2004) y que ponía de manifiesto de qué modo la celebritas, el recuerdo en mente ajena era valorado por la sociedad romana tanto a escala pública como a escala privada. Es cierto que, sin embargo, esa damnatio memoriae, al menos para los epigrafistas, ha otorgado una especial perpetuidad -así lo explicaban J. M. Pailler y R. Sablayrolles en un citadísimo artículo publicado hace ya algunos años en Pallas, 40, 1994- a los emperadores que, como Calígula, Nerón, Domiciano (sobre la de éste emperador ver un reciente post de Oppida Imperii Romani) o Cómodo, entre otros, la padecieron pues ha despertado innumerables estudios en torno a la -normalmente muy exhaustiva y meticulosa- incidencia de ésta en el registro epigráfico, y también escultórico, que ha llegado hasta nosotros (muy recomendable es, en este sentido, el volumen de VARNER, E. R., Mutilation and Transformation. Damnatio memoriae and Roman imperial portraiture, Leiden, 2004; sobre el uso político de esta herramienta jurídica por parte de la elite senatorial puede verse un trabajo de P. Fernández Uriel en el volumen Crisis en Roma y soluciones desde el poder, Madrid, 2016).

Son varias las fuentes que nos precisan las motivaciones y, también, el contenido de esa disposición que nos recuerda tanto a lo que estos días se vive por las calles y plazas de Estados Unidos y de parte de Europa. Así, por ejemplo, Suetonio, en su Vida de Domiciano se hace eco del decreto senatorial por el que se establecía eradendos ubique titulos abolendamque omnem memoriam (Suet. Dom. 23, 2) es decir, por el que se decretaba el borrado de todas las inscripciones, estuvieran ubicadas en el lugar en que estuvieran, y la abolición de todo recuerdo de ese personaje de ahí que algunos hayan preferido últimamente, mejor que el término damnatio memoriae la expresión abolitio nominis, más acorde a este pasaje de Suetonio. A la muerte de Cómodo, sabemos por la Historia Augusta (SHA. Com. 20, 5) que el decreto senatorial, prácticamente, se mantenía, cien años más tarde, intacto en su contenido: abolendas statuas y nomenque ex omnibus priuatis publicisque monumentis eradendum, abolición de las estatuas y obligación de borrar el nombre del emperador en todo género de monumentos del ámbito público y del ámbito privado. Si así rezaba la disposición en los años 96 y 192 d. C., el Código de Teodosio era aun más explícito cuando recopilaba el alcance de esta disposición (Cod. Theod. 9, 40, 17) con las palabras omnes statuas, omnia simulacra, tam ex aere quam ex marmore seu ex fucis quam ex quacumque materia quae apta est effigendis, ab omnibus ciuitatibus oppidis locisque priuatis ac publicis praecipimus aboleri que dejaban claro que ningún tipo de homenaje estatuario o epigráfico, fuera de mármol, de bronce o de cualquier otro material apto para la representación plástica y estuviera en la ciudad o en el lugar privado o público que fuera, podía escapar a esta tremenda condena que, desde luego, certificaba la caída en desgracia de un gobernante. 

Seguimos, efectivamente, siendo romanos, está claro y reproduciendo comportamientos propios de la sociedad que dirigió los destinos de Roma durante siglos. Si entonces era el Senado el que -cierto que también con caprichos y usando el procedimiento como ajuste de cuentas con gobernantes posicionados contra la nobilitas oficial- administraba la memoria cívica y, por tanto, resolvía sobre qué personajes merecían, o no, formar parte de ella, ahora es el pueblo el que, en sus atropelladas algaradas de protesta -encendidas a veces por desafortunadas declaraciones de nuestros políticos-, pone en cuestión los muchas veces indiscutibles méritos históricos de algunos de los personajes contra cuyas imágenes se atenta. Si el Senado lo hacía en caliente, apenas moría el personaje en cuestión o se decretaba la sentencia que condenaba su recuerdo -espíritu que, acaso, impregnó los episodios iconoclastas de las revoluciones de las últimas décadas del siglo XX-, hoy, sin embargo, lo hacemos con muchos siglos de diferencia juzgando primero, y después condenando al olvido o injuriando la memoria de personajes cuyas acciones, en muchas ocasiones -si no en todas- se sacan de contexto interpretándose como desafortunadas sin tener en cuenta que, también, aquéllas acciones tuvieron un contexto histórico que, como historiadores, no debemos perder de vista, contexto histórico que ha convertido a esos personajes en parte de nuestro patrimonio, de nuestra herencia histórica como sociedad. 


1 comentario:

ANGEL VENTURA dijo...

Magnífica entrada, Javier, como acostumbras. Gracias por la cita. Tal vez esto interese a los lectores:
El proceso de abolire statuas, relacionado con la “damnatio memoriae”, comenzaba con el enfangado de éstas y de sus pedestales inscritos, como se recoge en la Historia Augusta, Vida de Antonino Heliogábalo 13, 6-7: “misit et ad milites litteras, quibus iussit, ut abrogaretur nomen Caesaris Alexandro; misit qui et in castris statuarum eius titulos luto tegeret, ut fieri solet de tyrannis.” 14,2: “Sed ubi primum lutati sunt tituli statuarum, milites omnes exarserunt, et pars in Palatium, pars in hortos, in quibus erat Varius, ire tendunt, ut Alexandrum vindicarent hominemque inpurum eundemque parricidalis animi tandem a re p. depellerent.”
13,6-7: “Envió también una carta a los soldados en la que les ordenaba privar del nombre de César a Alejandro. Envió a alguien para que cubriera también de lodo las inscripciones de sus estatuas emplazadas en los cuarteles, como suele hacerse con las estatuas de los tiranos”. 14,2: “Pero tan pronto como se cubrieron de lodo las inscripciones de las estatuas de Alejandro, todos los soldados se encolerizaron, y una parte se dirigió a Palacio, otra a los jardines donde estaba Vario, para vengar a Alejandro y apartar por fin del trono a un hombre impuro y de intenciones fratricidas” (traducción de V. Picón y A. Cascón)
A Heliogábalo “le salió el tiro por la culata” en su intento por condenar el recuerdo (al tiempo que la persona) del César Alejandro Severo. Ese “lodo” con que se embadurnaban las imágenes de los que sufrían la “condena de la memoria”, antes de su derribo o destrucción, era en muchas ocasiones excremento. La presencia de heces se ha comprobado analíticamente en el famoso Tondo de Berlín (VARNER 2004, 182 y n. 227), pintura que representaba a la familia imperial de Septimio Severo, sobre el rostro borrado del César Geta, tras su asesinato y condena a manos de Caracalla en diciembre de 211. De manera que a los castigados con la damnatio memoriae literalmente “se los mandaba a la mierda”.

Ángel Ventura