PARVA OPPIDA (y III)

 


"Tal apogeo [el de la vida urbana hispanorromana] era más bien una apariencia de bienestar general, explotado por pequeños grupos caciquiles, y (...), pese a las apariencias, la organización de las ciudades carecía de aquellas reservas de vital autonomía necesaria para superar la decadencia en que inmediatamente incurrieron", así se refería al panorama urbano en la Hispania Romana, desde su singular óptica jurídica Álvaro d'Ors en la Epigrafía jurídica de la Hispania Romana (Madrid, 1953, p. 142), un autor que incidió notablemente en las capacidades de adaptación de la ley romana municipal a las comunidades pequeñas, por ejemplo en el tamaño de sus senados locales (La ley Flavia municipal (texto y comentario), Roma, 1986, pp. 114-115). Esa idea de la debilidad de la vida municipal por el pequeño tamaño de muchas de sus bases urbanas, años más tarde la recordaría Géza Alföldy al hablar del entusiasmo con que "sobre todo municipios pequeños", "comunidades de poca importancia" acogieron las consecuencias de la extensión del ius Latii por Vespasiano ("Hispania entre los Flavios y los Antoninos: consideraciones históricas sobre una época", en De les estructures indígenes a l'organització provincial romana de la Hispània Citerior, Barcelona, 1998, pp. 11-32, p. 27) y, también, muy recientemente, y con total sagacidad, Javier Arce, que anotaba que muchas ciudades y centros urbanos hispanorromanos "nunca fueron grandes ciudades" ("Orcistus y las preocupaciones del emperador", en Urbanisme civique en temps de crise, Madrid, 2007, pp. 311-323, p. 314) e incluso, se mantuvieron siempre (p. 323) como "ciudades pequeñas". Sea como fuere, está claro que también esos pequeños centros, en tanto que sobre ellos se habían aplicado los diversos patrones que en su día describiera Julio Mangas como básicos para el ideal romano de ciudad provincial (Aldea y ciudad en la Antigüedad hispana, Madrid, 1996, p. 52) -"determinación de un territorio sometido a la jurisdicción de unos magistrados locales, elección de un lugar y/o núcleo urbano para que cumpliera las funciones de centro político-administrativo, igualación de toda la población libre que vivía en el marco de su territorio en los derechos de ciudadanía local"- funcionaron como ciudades al margen de la que fuera su dimensión física y, también, su realidad urbanística (al respecto ha vuelto con acierto Pieter Houten en su imprescindible libro Urbanisation in Roman Spain and Portugal: ciuitates Hispaniae in the early Empire, Nueva York, 2021), su decus material asunto éste que vuelve a colocarnos sobre el viejo debate, de raíces tucidídeas, sobre si la ciudad la hacen las murallas y los edificios o los ciudadanos (Thuc. 7, 77, 7) unos ciudadanos que, en definitiva, al menos en sus élites locales, a través de la ciudad e independientemente del tamaño de ésta acabaron "pensando como romanos y, como tales, dando el salto a la escena política" (ABASCAL, J. M., y ESPINOSA, U., La ciudad hispano-romana. Privilegio y poder, Logroño, 1989, p. 81 imprescindible título pese a los años transcurridos desde su edición).

En los años setenta del pasado siglo a partir, fundamentalmente, de un trabajo de RODWELL, W., y ROWLEY, T. (eds.), The 'small towns' of Roman Britain. Papers presented to a conference (Oxford, 1975), Oxford, 1975 se introdujo en la literatura anglosajona el concepto de small towns para referirse a pequeñas aglomeraciones urbanas que, lejos de alcanzar el sesgo de las usualmente denominadas "civitas capitals" pretendían cubrir las necesidades administrativas de "mercados, centros religiosos, administración y tributación" -la traducción es nuestra- propias del mundo romano en Occidente y en un territorio algo mayor (FRERE, S. S., "The origin of small towns", en RODWELL, W., y ROWLEY, T. (eds.), op. Cit., pp. 4-7, p. 4), centros que fueron empleados para "cuestiones administrativas de diversos signo -emplazamiento de asentamientos militares, estaciones del correo público o, incluso, bases para la autoridad cívica- en las que que luego,  cuestiones económicas decidían el nivel de prosperidad que podían alcanzar" (FRERE, S. S., op. Cit., p. 7) y que, de hecho, acabaron funcionando, por tanto, como centros secundarios en la jerarquía urbana del poblamiento romano en Britannia (el término, algo más tarde, como agglomérations secondaires, pasó a la literatura francesa con el mismo sentido al menos desde MANGIN, M., Les agglomérations secondaires en Franche-Comté romaine, París, 1986) y siendo, incluso, a juzgar por como se las ha calificado en ocasiones, consideradas ciudades de segunda -la "cenicienta de los estudios sobre urbanismo romano en Gran Bretaña"- para la investigación arqueológica en el país sajón (véase BURNHAM, B. C., y WACHER, J., The 'small towns' of Roman Britain, Londres, 1990, p. XI) una investigación que, cuando se ha hecho, ha debido descansar, como es lógico, casi exclusivamente sobre la evidencia arqueológica (BURNHAM, B. C., y WACHER, J., op. Cit., p. 3) que, curiosamente, como suele señalarse, casi nunca incluye foros y edificios administrativos (BURNHAM, B. C., y WACHER, J. op. Cit., p. 4) y presenta un panorama lo suficientemente heterogéneo como para resultar coherente, no en vano dudas sobre la validez del término, en realidad, se plantearon casi desde la creación del propio concepto de las small towns (RODWELL, W., y ROWLEY, T., en RODWELL, W., y ROWLEY, T. (eds.), op. Cit., p. 1, donde se reconoce que es difícil distinguir una small town de una colonia o de un municipium lo que, junto a las reflexiones de RAYER, H., "Are 'small towns' always 'towns'?: a classification of Roman civil settlements in Northern Britain", International Journal of Student Research in Archaeology, 1-1, 2016, pp. 135-158 -sensacional artículo con inventario de indicadores y tipologías urbanas- pone de evidencia la ausencia de sesgo jurídico en la denominación, sesgo que sí hemos querido subrayar en nuestro concepto alternativo de parua oppida). 

Precisamente, siguiendo una expresión tomada de las fuentes antiguas y empleada últimamente por Víctor Revilla, de la Universitat de Barcelona, para describir algunas de las ciudades hispanorromanas del entorno de la colonia Barcino (ver, por ejemplo, "Continuidades y rupturas del paisaje urbano en los parua oppida del noroeste de Hispania Citerior: el municipium Iluro (Mataró)", en Ruptura y continuidad: el callejero urbano de la ciudad clásica en el tránsito del Alto Imperio a la Antigüedad Tardía, Alicante, 2020, pp. 145-183) en el volumen III de la Serie de Monografías Los Bañales, Parua oppida: imagen, patrones e ideología del despegue monumental de las ciudades en la Tarraconense hispana (siglos I a. C.-I d. C.) (Ejea de los Caballeros, 2020), proponíamos, en el capítulo introductorio ("El fenómeno de los parua oppida: definición y caracterización de una categoría urbana del interior de la Tarraconense", pp. 3-24) denominar parua oppida -una expresión que cuenta con ya varios posts, con variada documentación, en este blog- a aquellas comunidades estipendiarias hispanas que, pese a no convertirse en municipios de derecho Latino hasta época flavia, ya manifestaban, entre Augusto y los Flavios, una escenografía y equipamiento urbanos ciertamente ambiciosos -y acaso inesperados y cronológicamente preoces- a juzgar por su estatuto jurídico y su condición de ciudades indígenas, una categoría para la que los núcleos urbanos de Los Bañales de Uncastillo (Zaragoza) y de Santa Criz de Eslava (Navarra), y otros vecinos (para éstos puede verse esta publicación nuestra en un volumen auspiciado por el Museo Arqueológico Nacional de Madrid) parecen ofrecer un extraordinario paradigma de estos parua oppida que, a juzgar por el perfil que se ha atribuido a las small towns británicas (BURNHAM, B. C., y WACHER, J. op. Cit., pp. 9-14), hace más justicia a una realidad urbana hispanorromana que, en realidad, derivó del notable éxito de los procesos de auto-romanización que caracterizaron a varias provincias del Occidente Romano (véase, al menos, WOOLF, G., Becoming Roman. The origin of Roman provincial civilization in Gaul, Cambridge, 1998). 

Entre los pasados días 26 y 28 de octubre, el activísimo MARQ, el Museo Arqueológico Provincial de Alicante, ha acogido -con apoyo, también, del Instituto Arqueológico Alemán, de la Escuela Española de Historia y Arqueología en Roma y del Instituto de Arqueología de Mérida, ambos dos centros dependientes del Consejo Superior de Investigaciones Científicas- el coloquio "Small towns: una realidad urbana en la Hispania Romana" que, previsto inicialmente para octubre de 2020, la irrupción del Covid-19 obligó a su aplazamiento en varias ocasiones. Además de tratarse, probablemente, del primer encuentro científico presencial en materia de Antigüedad tras las restricciones sanitarias de los últimos meses, como quedó de manifiesto en las más de medio centenar de comunicaciones y, en particular, en la mesa redonda de clausura, final, la cita va a marcar un antes y un después en la investigación sobre las ciudades hispanorromanas que tanto interesan a Oppida Imperii Romani muchas, de hecho -aunque habrá que redefinir la categoría, visto lo explicado hasta aquí- auténticas small towns o, acaso mejor, parua oppida.

Al haberse emitido en streaming y, sobre todo, grabado todo el congreso, por sesiones, en el Canal de YouTube del propio MARQ, con el programa del encuentro delante (disponible aquí) el lector de este blog podrá buscar la presentación que le interese y profundizar en las cuestiones que centraron el coloquio, tan interesantes como las que siguen: ¿es conveniente la categoría historiográfica small towns para la realidad urbana en la Hispania Romana? ¿es mejor emplear la de parua oppida, ya más arriba introducida en el debate?; ¿qué características tienen esas small towns en la realidad peninsular?, ¿cuántas, de las cerca de 500 ciudades con que contaron en época altoimperial las provincias hispanas pueden considerarse pequeñas ciudades?, ¿qué hizo a estas ciudades, en su mayoría ciudades nativas, adoptar profusamente, entre Augusto y los Flavios, la decus propia de cualquiera de las grandes ciudades de estatuto privilegiado de su entorno?, ¿hubo alguna preferencia sobre el tipo de equipamiento urbano que prefirieron incorporar?, ¿sobre qué bases económicas y recursos concretos y a través de qué relación con el territorio articularon su despegue monumental?, ¿cuáles fueron los modelos que siguieron en esos procesos de monumentalización?, ¿hubo en ellos patrones provinciales, regionales o locales?, ¿cuántas personas habitaron, de hecho, sus áreas urbanas?, ¿qué perfil tuvieron los integrantes de sus elites socio-políticas?, ¿fueron, realmente -como demostramos a propósito de nuestros trabajos sobre los oppida labentia- ciudades frágiles a partir de la crisis medio-imperial? ¿cuáles fueron, por tanto, las bases económicas sobre las que se asentó su despegue manterial?

Mientras llega la publicación de las actas del congreso, prevista para la segunda mitad del año próximo, qué duda cabe que el material que justifica este post hará las delicias de los amantes de la Historia Antigua y la Arqueología hispanorromanas. Como escribió con acierto Edward Bispham en un ya imprescindible volumen sobre la cuestión -y no porque lo hayamos editado nosotros- (BISPHAM, E., "Small towns, big futures: between Italy and Iberia", en ANDREU, J. (ed.), op. Cit., pp. 25-38, p, 38), las small towns, y también las hispanas, -se corresponda o no esa categoría con el panorama urbano hispanorromano o sea más conveniente, como creemos, emplear la de parua oppida- desde luego, tienen big futures en términos investigadores. 

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